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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 241171
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 97-102, Cuarta Parte; Pág. 72
DIVORCIO, CAUSALES DE. INEFICACIA PROBATORIA DE LAS ACTAS LEVANTADAS ANTE JUECES MENORES MUNICIPALES PARA ACREDITARLAS.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 97-102, Cuarta Parte; Pág. 72
Las actas levantadas ante un Juez Menor Municipal para acreditar una causal de divorcio, aunque hagan prueba plena, únicamente acreditan la comparecencia del actor ante el aludido juzgado menor y el contenido de las manifestaciones que hizo ante el mismo juzgado el propio actor, pero no que tales manifestaciones sean ciertas, es decir, que los hechos que según él, constituyen las causales, hubieran tenido real existencia.
Precedentes
Amparo directo 585/76. Juan de Dios González Arreola. 16 de marzo de 1977. Cinco votos. Ponente: David Franco Rodríguez. Secretario: Salvador Tejeda Cerda.