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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 241177
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 97-102, Cuarta Parte; Pág. 79
DIVORCIO, INJURIAS GRAVES Y SEVICIA COMO CAUSALES DE. NO LAS CONSTITUYE EL HECHO DE QUE UNO DE LOS CONYUGES SE ABSTENGA DE PROPORCIONAR ALIMENTOS AL OTRO (LEGISLACION DEL ESTADO DE TAMAULIPAS).
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 97-102, Cuarta Parte; Pág. 79
La falta de ministración de alimentos de un cónyuge para el otro constituye una causal autónoma de divorcio que sólo puede hacerse valer en las condiciones que el propio precepto señala y que, por tanto, no puede hacerse recaer dentro de otra causal como es la de injurias graves y sevicia; no se puede hablar de sevicia por el hecho de que el esposo deje de proporcionar alimentos a la esposa y a los hijos, ya que tal situación es una causal independiente de divorcio que, para que prospere, exige que el cónyuge que tenga derecho a los alimentos demuestre no haber podido hacer efectivos los derechos que le conceden los artículos 149 y 150 del Código Civil del Estado de Tamaulipas; de suerte que la simple abstención de proporcionar esos alimentos, aun debidamente probada, no constituye sevicia ni injuria grave.
Precedentes
Amparo directo 5044/76. Martha Elva López de López. 13 de abril de 1977. Cinco votos. Ponente: J. Ramón Palacios Vargas. Secretario: José Rojas Aja.
Sexta Epoca, Cuarta Parte:
Volumen C, página 58. Amparo directo 1038/65. Lorraine Chanel de Kleban. 21 de octubre de 1965. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela.
Nota: En el Volumen C, página 58, la tesis aparece bajo el rubro "DIVORCIO, INJURIAS GRAVES Y SEVICIA COMO CAUSALES DE. NO LAS CONSTITUYE EL HECHO DE QUE UNO DE LOS CONYUGES SE ABSTENGA DE PROPORCIONAR ALIMENTOS AL OTRO.".