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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
241177
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 97-102, Cuarta Parte; Pág. 79

DIVORCIO, INJURIAS GRAVES Y SEVICIA COMO CAUSALES DE. NO LAS CONSTITUYE EL HECHO DE QUE UNO DE LOS CONYUGES SE ABSTENGA DE PROPORCIONAR ALIMENTOS AL OTRO (LEGISLACION DEL ESTADO DE TAMAULIPAS).

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 97-102, Cuarta Parte; Pág. 79

Precedentes

Amparo directo 5044/76. Martha Elva López de López. 13 de abril de 1977. Cinco votos. Ponente: J. Ramón Palacios Vargas. Secretario: José Rojas Aja. Sexta Epoca, Cuarta Parte: Volumen C, página 58. Amparo directo 1038/65. Lorraine Chanel de Kleban. 21 de octubre de 1965. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela. Nota: En el Volumen C, página 58, la tesis aparece bajo el rubro "DIVORCIO, INJURIAS GRAVES Y SEVICIA COMO CAUSALES DE. NO LAS CONSTITUYE EL HECHO DE QUE UNO DE LOS CONYUGES SE ABSTENGA DE PROPORCIONAR ALIMENTOS AL OTRO.".
Registro digital (IUS): 241177