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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 241181
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 97-102, Cuarta Parte; Pág. 89
DOCUMENTOS PRIVADOS REDACTADOS EN IDIOMA EXTRANJERO. A QUIEN CORRESPONDE LA CARGA DE EXHIBIR LA TRADUCCION.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 97-102, Cuarta Parte; Pág. 89
Tratándose de documentos redactados en idioma extranjero y ofrecidos como prueba, es a cargo de la oferente la obligación de exhibir la correspondiente traducción de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 56 del código procesal y no a cargo del Juez ordenarla, porque éste en su función jurisdiccional no puede constituirse en parte; a menos que hubiere oposición entre la traducción inicial y la presentada como objeción por la contraparte, caso que de presentarse, el Juez, de acuerdo a la facultad concedida en el artículo 330 del mencionado código, puede llamar a un perito traductor en su carácter de tercero; pero salvo este caso, es a cargo de quien ofrece la prueba de documentos redactados en idioma extranjero, la obligación de exhibir la correspondiente traducción.
Precedentes
Amparo directo 4021/76. Teresa Zaga Rayek de Micha. 25 de abril de 1977. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Raúl Cuevas Mantecón. Secretario: Salvador Castro Zavaleta.