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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 241190
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 97-102, Cuarta Parte; Pág. 115
MENORES, ACCION DE RECUPERACION DE LA GUARDA Y CUSTODIA DE LOS. ELEMENTOS.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 97-102, Cuarta Parte; Pág. 115
La acción para recuperar la guarda y custodia de un menor hijo, que es una de las prerrogativas que tiene el padre que ejerce la patria potestad, requiere de los siguientes elementos: a) La calidad con que se demanda como ser el padre o, en su caso, la madre, y por lo tanto, en el ejercicio de la patria potestad del menor; b) La violación de ese derecho deducido, o sea, la privación de la guarda y custodia del menor, y c) El hecho de que se haya traducido en la desposesión del menor hijo, frente a otra u otras personas con menor derecho para ello.
Precedentes
Amparo directo 6320/75. Miguel Orea Gámez. 4 de marzo de 1977. Cinco votos. Ponente: Raúl Lozano Ramírez. Secretario: Carlos Alfredo Soto Villaseñor.