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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 241205
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 97-102, Cuarta Parte; Pág. 237
SENTENCIAS, FALTA DE CITA DE PRECEPTOS LEGALES EN LAS. EFECTOS.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 97-102, Cuarta Parte; Pág. 237
Si los razonamientos vertidos en la parte considerativa de la sentencia reclamada son jurídicos, y sólo se omitió citar los preceptos aplicables para fundarlos, es claro que la inconstitucionalidad que de esa sentencia se estableciera en el amparo, fundada exclusivamente en dicha falta de cita, entrañaría una flagrante denegación de justicia, ya que se haría perder un litigio a quien lo tenía ganado ante la autoridad de instancia, por actos que ni siquiera le son imputables, puesto que la falta de cita de los preceptos aplicables es imputable a la Sala, pero no a la parte que obtuvo.
Precedentes
Amparo directo 550/74. María Eustacia de los Angeles Garrido de Cruz. 21 de enero de 1977. Cinco votos. Ponente: David Franco Rodríguez. Secretario: Efraín Ochoa Ochoa.
Séptima Epoca, Cuarta Parte:
Volumen 38, página 61. Amparo directo 4306/70. Vladimiro Von Berner Serbolov. 10 de febrero de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Enrique Martínez Ulloa.
Volumen 25, página 23. Amparo directo 1890/70. Altagracia Camacho viuda de Cabrera, como representante legal de los menores Raymundo Noguez Cabrera y otros. 22 de enero de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Solís López.
Quinta Epoca:
Tomo CXXX, página 49. Amparo directo 166/55. Antonio Almaraz Martínez. 3 de octubre de 1956. Cinco votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.
Nota:
En el Tomo CXXX, página 49, la tesis aparece bajo el rubro "PRECEPTOS LEGALES, FALTA DE CITA DE, EN LA SENTENCIA. EFECTOS.".
En el Informe de 1977, la tesis aparece bajo el rubro "SENTENCIAS, CITA NO HECHA DE PRECEPTOS LEGALES EN LAS. EFECTOS.".