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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
241206
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 97-102, Cuarta Parte; Pág. 237

SENTENCIAS DE SEGUNDA INSTANCIA. NO CAUSA EJECUTORIA SI ESTA PENDIENTE DE RESOLUCION EL JUICIO DE AMPARO.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 97-102, Cuarta Parte; Pág. 237

Precedentes

Amparo directo 1444/75. María Rosa Gómez de Bosch. 18 de marzo de 1977. Cinco votos. Ponente: David Franco Rodríguez. Secretario: Efraín Ochoa Ochoa.
Registro digital (IUS): 241206