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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
241218
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 91-96, Cuarta Parte; Pág. 11

CUANTIA. ARRENDAMIENTO. COMO DEBE DETERMINARSE CUANDO SE RECLAMAN RENTAS VENCIDAS.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 91-96, Cuarta Parte; Pág. 11

Precedentes

Amparo directo 5921/75. Autolavado Supersónico, S.A. 4 de octubre de 1976. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Téllez Cruces. Secretario: Jesús Pérez Carrillo. Nota: En el Informe de 1976, la tesis aparece bajo el rubro "COMPETENCIA, COMO DEBE DETERMINARSE LA CUANTIA CUANDO SE RECLAMAN RENTAS VENCIDAS.".
Registro digital (IUS): 241218