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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
241234
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 91-96, Cuarta Parte; Pág. 67

MATRIMONIO, NULIDAD DE. CASO EN QUE PROCEDE POR NO HABERSE DECLARADO EJECUTORIADA LA SENTENCIA QUE DISUELVE UN VINCULO ANTERIOR (LEGISLACION DEL ESTADO DE COAHUILA).

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 91-96, Cuarta Parte; Pág. 67

Precedentes

Amparo directo 3591/75. Ignacio Jiménez Flores. 5 de julio de 1976. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Salvador Mondragón Guerra. Secretario: Sergio Javier Coss Ramos. Nota: En el Informe de 1976, la tesis aparece bajo el rubro "NULIDAD DE MATRIMONIO. CASO EN QUE PROCEDE POR NO HABERSE DECLARADO EJECUTORIADA LA SENTENCIA QUE DISUELVE UN VINCULO ANTERIOR.".
Registro digital (IUS): 241234