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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 241275
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 88, Cuarta Parte; Pág. 37
DIVORCIO, SEVICIA COMO CAUSAL DE.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 88, Cuarta Parte; Pág. 37
Para que exista la sevicia no es necesario que físicamente los golpes hagan contacto en la parte ofendida, sino que basta con que la actuación del cónyuge a quien se le atribuye dicha causal haga objeto de crueldad al otro, hasta hacer imposible la vida en común entre ellos.
Precedentes
Amparo directo 2976/75. Virgilio García Fuentes. 1o. de abril de 1976. Cinco votos. Ponente: Salvador Mondragón Guerra.