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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 241278
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 88, Cuarta Parte; Pág. 41
NULIDAD DE ACTOS JURIDICOS.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 88, Cuarta Parte; Pág. 41
En tanto no se decrete la nulidad de un acto jurídico, el mismo prueba, ya sea en favor o en contra de los interesados y en la medida que lo establece la ley.
Precedentes
Amparo directo 1077/75. Francisco Javier Pedroza Carrasco. 5 de abril de 1976. Cinco votos. Ponente: José Ramón Palacios Vargas.