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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 241366
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 82, Cuarta Parte; Pág. 52
DIVORCIO, AMENAZAS E INJURIAS COMO CAUSALES DE, CUANDO LOS CONYUGES NO HACEN VIDA COMUN.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 82, Cuarta Parte; Pág. 52
Si el juzgador pretende condicionar la procedencia de las causales de divorcio por amenazas e injurias graves de un cónyuge para el otro al hecho de que los esposos vivan juntos cuando se produzcan éstas, se aparta de la letra de la ley y no lleva a cabo una correcta interpretación jurídica del artículo 267, fracción XI, del Código Civil, puesto que dicho precepto, al establecer como motivo para la disolución del matrimonio las amenazas e injurias graves, no hace ninguna referencia a la necesidad de que cuando tengan lugar los hechos constitutivos de las causales, los cónyuges estén haciendo vida común. Lo que la ley quiere y ha precisado reiteradamente este Alto Tribunal, es que los actos de uno de los cónyuges para con el otro sean de tal manera graves, que provoquen un profundo y radical distanciamiento, incompatible con la armonía requerida para la vida en matrimonio, situación que puede presentarse viviendo los esposos juntos o separados, porque en el primer caso, orilla a una separación y en el segundo, porque ahonda el distanciamiento, obstaculizando la posible reanudación de la vida conyugal.
Precedentes
Amparo directo 375/74. María Antonieta Magnon de De la Garza. 3 de octubre de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: David Franco Rodríguez.
Sexta Epoca, Cuarta Parte:
Volumen CXXX, página 46. Amparo directo 4610/67. Ignacio Alcázar Contreras. 5 de abril de 1968. Cinco votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas.
Nota: En el Volumen CXXX, página 46, la tesis aparece bajo el rubro "DIVORCIO, AMENAZAS E INJURIAS GRAVES COMO CAUSALES DE.".