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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
241366
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 82, Cuarta Parte; Pág. 52

DIVORCIO, AMENAZAS E INJURIAS COMO CAUSALES DE, CUANDO LOS CONYUGES NO HACEN VIDA COMUN.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 82, Cuarta Parte; Pág. 52

Precedentes

Amparo directo 375/74. María Antonieta Magnon de De la Garza. 3 de octubre de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: David Franco Rodríguez. Sexta Epoca, Cuarta Parte: Volumen CXXX, página 46. Amparo directo 4610/67. Ignacio Alcázar Contreras. 5 de abril de 1968. Cinco votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas. Nota: En el Volumen CXXX, página 46, la tesis aparece bajo el rubro "DIVORCIO, AMENAZAS E INJURIAS GRAVES COMO CAUSALES DE.".
Registro digital (IUS): 241366