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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
241374
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 82, Cuarta Parte; Pág. 77

TERCERIAS EXCLUYENTES DE DOMINIO. SIENDO CUESTIONES INCIDENTALES DEL JUICIO QUE LAS MOTIVA, ES LICITO RESOLVERLAS CON VISTA EN LOS AUTOS DEL JUICIO PRINCIPAL.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 82, Cuarta Parte; Pág. 77

Precedentes

Amparo directo 4002/74. María Martínez R. de Pizano y Alfonso Pizano Moreno. 3 de octubre de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: David Franco Rodríguez. Secretario: Salvador Tejeda Cerda. Nota: En el Informe de 1975, la tesis aparece bajo el rubro "TERCERIAS EXCLUYENTES DE DOMINIO. SIENDO CUESTIONES INCIDENTALES DEL JUICIO QUE MOTIVA, ES LICITO RESOLVERLAS CON VISTA EN LOS AUTOS DEL JUICIO PRINCIPAL (LEGISLACION MERCANTIL).".
Registro digital (IUS): 241374