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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
241405
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 79, Cuarta Parte; Pág. 13

ACCION, PROCEDENCIA DE LA, QUE SE DESIGNA CON NOMBRE EQUIVOCADO (LEGISLACIONES DEL DISTRITO FEDERAL Y DEL ESTADO DE TAMAULIPAS).

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 79, Cuarta Parte; Pág. 13

Precedentes

Amparo directo 224/74. David Calderón González. 9 de julio de 1975. Cinco votos. Ponente: David Franco Rodríguez. Secretario: Efraín Ochoa Ochoa. Séptima Epoca: Informe 1975, página 45. Amparo directo 50/55. Fernando Cruz Díaz. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona fecha de resolución ni nombre del ponente. Sexta Epoca, Cuarta Parte: Volumen XCVIII, página 9. Amparo directo 9363/61. Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros de la República Mexicana. 5 de agosto de 1965. Cinco votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete. Volumen LXXVII, página 9. Amparo directo 9359/61. Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros de la República Mexicana. 29 de noviembre de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Castro Estrada. Nota: En los Volúmenes XCVIII y LXXVII, página 9, la tesis aparece bajo el rubro "ACCION, PROCEDENCIA DE LA.".
Registro digital (IUS): 241405