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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
241448
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 78, Cuarta Parte; Pág. 25

DIVORCIO, NEGATIVA A DAR ALIMENTOS COMO CAUSAL DE.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 78, Cuarta Parte; Pág. 25

Precedentes

Amparo directo 5212/73. Miguel Angel Alvarez Aguilar. 30 de junio de 1975. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Rafael Rojina Villegas. Ponente: David Franco Rodríguez. Secretario: Salvador Tejeda Cerda. Nota: En el Informe de 1975, la tesis aparece bajo el rubro "DIVORCIO, NEGATIVA A PROPORCIONAR ALIMENTOS COMO CAUSAL DE (FRACCION XII DEL ARTICULO 267 DEL CODIGO CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL).".
Registro digital (IUS): 241448