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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
241460
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 78, Cuarta Parte; Pág. 41

SENTENCIA DEFINITIVA PARA LOS EFECTOS DEL AMPARO DIRECTO.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 78, Cuarta Parte; Pág. 41

Precedentes

Amparo directo 1441/74. Salvador Gómez Ortiz. 26 de junio de 1975. Cinco votos. Ponente: José Ramón Palacios Vargas. Secretario: Agustín Urdapilleta Trueba. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen LXXIII, Cuarta Parte, página 54, bajo el rubro "SENTENCIA DEFINITIVA, QUE DEBE ENTENDERSE POR, PARA LOS EFECTOS DEL AMPARO DIRECTO.".
Registro digital (IUS): 241460