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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: En el Informe de 1975, la tesis aparece bajo el rubro "ALIMENTOS, CARGA DE LA PRUEBA DEL ABANDONO INJUSTIFICADO DEL DOMICILIO PARA LA PERDIDA DEL DERECHO A (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ).".

Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
241488
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 74, Cuarta Parte; Pág. 13

ALIMENTOS, CARGA DE LA PRUEBA DEL ABANDONO INJUSTIFICADO DEL DOMICILIO CONYUGAL PARA LA PERDIDA DEL DERECHO A (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ).

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 74, Cuarta Parte; Pág. 13

Precedentes

Amparo directo 111/74. Marcelino Gutiérrez Pineda. 7 de febrero de 1975. Cinco votos. Ponente: José Ramón Palacios Vargas. Secretario: Reynaldo Alor Campillo. Nota: En el Informe de 1975, la tesis aparece bajo el rubro "ALIMENTOS, CARGA DE LA PRUEBA DEL ABANDONO INJUSTIFICADO DEL DOMICILIO PARA LA PERDIDA DEL DERECHO A (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ).".
Registro digital (IUS): 241488