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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
241495
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 74, Cuarta Parte; Pág. 18

DIVORCIO, AMENAZAS E INJURIAS GRAVES COMO CAUSALES DE.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 74, Cuarta Parte; Pág. 18

Precedentes

Amparo directo 5249/73. Manuel Sáenz Manrique. 14 de febrero de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Rafael Rojina Villegas. Séptima Epoca, Cuarta Parte: Volumen 15, página 35. Amparo directo 2880/69. Héctor Gustavo Amparan Ruiz. 9 de marzo de 1970. Cinco votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas. Sexta Epoca, Cuarta Parte: Volumen CXXX, página 45. Amparo directo 4610/67. Ignacio Alcázar Contreras. 5 de abril de 1968. Cinco votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas. Volumen LXXII, página 70. Amparo directo 117/62. Francisco Lozano Ramírez. 6 de junio de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez. Nota: En el Volumen LXXII, página 70, la tesis aparece bajo el rubro "DIVORCIO, AMENAZAS, INJURIAS O SEVICIA, COMO CAUSALES DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE PUEBLA).".
Registro digital (IUS): 241495