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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
241519
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 73, Cuarta Parte; Pág. 94

DIVORCIO, INJURIAS GRAVES Y SEVICIA COMO CAUSALES DE. EXPRESIONES QUE NO LAS CONFIGURAN.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 73, Cuarta Parte; Pág. 94

Precedentes

Amparo directo 5816/73. Romeo Farrera Rodríguez. 10 de enero de 1975. Cinco votos. Ponente: David Franco Rodríguez. Secretario: Efraín Ochoa Ochoa. Sexta Epoca, Cuarta Parte: Volumen XXXIII, página 144. Amparo directo 1483/59. Manuel Mendoza García. 28 de marzo de 1960. Cinco votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez. Nota: En el Volumen XXXIII, página 144, la tesis aparece bajo el rubro: "DIVORCIO, EXPRESIONES INJURIOSAS QUE NO CONFIGURAN LA INJURIA COMO CAUSAL DE".
Registro digital (IUS): 241519