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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 241528
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 73, Cuarta Parte; Pág. 135
REGISTRO CIVIL, RECTIFICACION DE ACTAS DEL. VALOR PROBATORIO DE LA CONFESION FICTA.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 73, Cuarta Parte; Pág. 135
Tratándose de rectificación de las actas del Registro Civil, es tanto el interés que tiene la sociedad y el Estado en que no se haga, sino excepcionalmente, que hasta ha establecido la revisión de oficio, y este Alto Tribunal, entendiéndolo así, considera que en esta materia debe ser el juzgador tan estricto, que no haya de tener por probadas las pretensiones del actor sólo con base en la presunción derivada del silencio del demandado; y todavía más, puede el demandado confesar la acción y manifestar su conformidad con la enmienda del acta, pero si las pruebas aportadas no justifican plenamente la necesidad y procedencia de dicha enmienda, ni la expresa conformidad del Juez u oficial del Registro Civil bastará para decretarla.
Precedentes
Amparo directo 4476/73. José Roberto González Dueñas. 29 de enero de 1975. Cinco votos. Ponente: José Ramón Palacios Vargas.
Sexta Epoca, Cuarta Parte:
Volumen XXII, página 9. Amparo directo 2609/58. Espiridiona Dávila Barrientos. 1o. de abril de 1959. Cinco votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.
Nota: En el Volumen XXII, página 9, la tesis aparece bajo el rubro "ACTAS DE NACIMIENTO DE HIJOS NATURALES. INCLUSION DEL NOMBRE DEL PADRE EN LAS.".