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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
241529
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 73, Cuarta Parte; Pág. 137

SIMULACION, EFECTOS DE LA DECLARACION DE NULIDAD POR (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ).

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 73, Cuarta Parte; Pág. 137

Precedentes

Amparo directo 1886/74. Luis Rangel Govea y coagraviado. 29 de enero de 1975. Cinco votos. Ponente: José Ramón Palacios Vargas. Secretario: José Rojas Aja.
Registro digital (IUS): 241529