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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
241580
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 70, Cuarta Parte; Pág. 39

DIVORCIO. FALTA DE MINISTRACION DE ALIMENTOS. CONSTITUYE UNA CAUSAL AUTONOMA (LEGISLACION DEL ESTADO DE OAXACA).

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 70, Cuarta Parte; Pág. 39

Precedentes

Amparo directo 5211/73. Josefa Martínez Pérez de Salvador. 7 de octubre de 1974. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Solís López. Sexta Epoca, Cuarta Parte: Volumen LXVII, página 76. Amparo directo 1308/61. María Luisa Gallego Castro. 11 de junio de 1963. Cinco votos. Ponente: José Castro Estrada. Nota: En el Volumen LXVII, página 76, la tesis aparece bajo el rubro "DIVORCIO, LA FALTA DE MINISTRACION DE ALIMENTOS CONSTITUYE UNA CAUSAL AUTONOMA (LEGISLACION DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA).
Registro digital (IUS): 241580