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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 241585
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 70, Cuarta Parte; Pág. 55
NOMBRE, CAMBIO DEL. NO PROCEDE LA RECTIFICACION DEL ACTA DE NACIMIENTO, PARA INVERTIR EL ORDEN DE LOS APELLIDOS.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 70, Cuarta Parte; Pág. 55
Si el actor ejercitó la acción de modificación de acta de Estado Civil con el fin de que en su acta de nacimiento se invirtiera el orden de sus apellidos, para que en lugar de que aparezca en primer término el apellido de su padre (como está en el acta), figure el apellido de su madre, y en segundo lugar el apellido de su padre, al denegar tal modificación de dicha acta de nacimiento, el juzgador estuvo ajustado a derecho al razonar que el ejercicio de esa acción en realidad encierra una cuestión de filiación, la que no se puede ventilar a través del ejercicio de la acción de modificación de acta de Estado Civil. Se asevera que el mencionado juzgador estuvo en lo justo, porque en una acta de nacimiento el orden de los apellidos es trascendental respecto de la filiación, puesto que el apellido que aparece en primer lugar denota la relación paterno filial, en tanto que el apellido puesto en segundo lugar manifiesta la relación materno filial; de aquí que no pueda prosperar la acción intentada por el actor, al pretender modificar su acta de nacimiento para que apareciera en su nombre, en primer término, el apellido que corresponde a su madre, y en segundo lugar el de su padre, so pena de modificar su filiación.
Precedentes
Amparo directo 2551/73. Margarito Sandoval González. 7 de octubre de 1974. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Solís López.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1965, Cuarta Parte, Tercera Sala, tesis 296, página 901, bajo el rubro "REGISTRO CIVIL. RECTIFICACION DEL NOMBRE EN EL ACTA DE NACIMIENTO PARA AJUSTARLA A LA REALIDAD SOCIAL.".