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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 241588
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 70, Cuarta Parte; Pág. 61
QUEJA. REQUISITOS PARA QUE SE DECLARE FUNDADA.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 70, Cuarta Parte; Pág. 61
Para que la queja pueda considerarse fundada, debe demostrarse que hay incongruencia, ya sea por exceso o por defecto, entre lo resuelto en el amparo y lo decidido en la sentencia que se dictó para cumplimentar el fallo de la Justicia Federal.
Precedentes
Queja 5/74. J. Jesús Ramírez Tamayo. 14 de octubre de 1974. Cinco votos. Ponente: Enrique Martínez Ulloa.