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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 241608
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 69, Cuarta Parte; Pág. 41
HIPOTECA, REDUCCION DE COSTAS POR CONFESION DE DEMANDA EN JUICIO SUMARIO SOBRE.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 69, Cuarta Parte; Pág. 41
Es correcta la reducción que el Juez del conocimiento haga de las costas de primera instancia en un cincuenta por ciento; en efecto aun cuando la confesión de la demanda la efectúe el enjuiciado al producir su contestación, una reducción mayor resultaría poco equitativa, pues si el acreedor hipotecario, por causas imputables a sus deudores, se ve obligado a promover el juicio sumario hipotecario, es incuestionable su derecho de ser resarcido, cuando menos, de la mitad de los gastos que tenga que hacer con tal motivo.
Precedentes
Amparo directo 1675/73. Raúl Spross Amado y otra. 9 de septiembre de 1974. Cinco votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1965, Cuarta Parte, Tercera Sala, tesis 253, página 771, bajo el rubro "PLAZO DE GRACIA.".