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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 241609
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 69, Cuarta Parte; Pág. 43
LEGITIMACION AD CAUSAM. CONCEPTO.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 69, Cuarta Parte; Pág. 43
La legitimación "ad causam" es una condición para el ejercicio de la acción que implica la necesidad de que la demanda sea presentada por quien tenga la titularidad de derecho que se cuestione; esto es, que la acción sea entablada por aquella persona que la ley considera como particularmente idónea para estimular en el caso concreto la función jurisdiccional.
Precedentes
Amparo directo 3593/73. Jorge Aguilera Beltrán. 9 de septiembre de 1974. Cinco votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas. Secretario: Jaime M. Marroquín Zaleta.
Séptima Epoca, Cuarta Parte:
Volumen 10, página 13. Amparo directo 3713/68. Rafael Miranda Frayre. 23 de octubre de 1969. Cinco votos. Ponente: Ernesto Solís López.
Sexta Epoca, Cuarta Parte:
Volumen XX, página 9. Amparo directo 71/58. Arturo Bretón. 23 de febrero de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.
Nota:
En el Volumen 10, página 13, la tesis aparece bajo el rubro "ACCION, REQUISITOS DE LEGITIMACION PARA LA PROCEDENCIA DE LA.".
En el Volumen XX, página 9, la tesis aparece bajo el rubro "ACCION, REQUISITOS DE LEGITIMACION, PARA LA PROCEDENCIA DE LA (LEGISLACION DEL ESTADO DE MEXICO)".