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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
241615
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 69, Cuarta Parte; Pág. 60

PROCEDIMIENTO, VIOLACIONES AL. CASO EN QUE NO ES NECESARIO AGOTAR RECURSOS LEGALES PARA HACERLAS VALER EN AMPARO (ACCIONES DEL ESTADO CIVIL O QUE AFECTEN AL ORDEN Y ESTABILIDAD DE LA FAMILIA.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 69, Cuarta Parte; Pág. 60

Precedentes

Amparo directo 3739/72. Elena Rosa Plata Ochoa. 2 de septiembre de 1974. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas.
Registro digital (IUS): 241615