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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 241634
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 68, Cuarta Parte; Pág. 34
SUSPENSION. MONTO DE LA FIANZA EN CASO DE PRESCRIPCION ADQUISITIVA.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 68, Cuarta Parte; Pág. 34
Si mediante el fallo reclamado entraron al patrimonio de los codemandados los bienes fraccionados de aquél cuya reivindicación demandó el actor, el que virtualmente perdió el dominio sobre el mismo, dominio en el que pretende continuar en razón de la suspensión solicitada, situación que implica la posibilidad de que ejecute actos lesivos a los intereses de los gananciosos, ello indudablemente lo obliga a garantizar los daños y perjuicios que con dicha suspensión pudiese ocasionar, los que consisten, respectivamente, en la pérdida o menoscabo sufrido en el patrimonio de los terceros, por falta de cumplimiento de la obligación, y en la privación de cualquier ganancia lícita que debieran haber obtenido con el cumplimiento de la misma, representados, los primeros, por el valor real y actual del inmueble y, los segundos, por los intereses causados sobre dicho valor, al tipo legal por el término de un año.
Precedentes
Queja 34/72. Ignacio Ramón Olazo Ortiz. 16 de agosto de 1974. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Solís López.