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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
241639
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 67, Cuarta Parte; Pág. 14

ALIMENTOS, DERECHO DE OPCION DEL DEUDOR ALIMENTISTA, PARA CUMPLIR CON EL PAGO DE. NO ES ILIMITADO (LEGISLACION DEL ESTADO DE OAXACA).

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 67, Cuarta Parte; Pág. 14

Precedentes

Amparo directo 5985/72. Rafael Gómez Cuevas. 10 de julio de 1974. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Solís López. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volumen 43, Cuarta Parte, página 13, tesis de rubro "ALIMENTOS. NO ES ILIMITADO EL DERECHO DE OPCION DEL DEUDOR ALIMENTISTA, PARA CUMPLIR CON EL PAGO DEL (LEGISLACION DEL ESTADO DE CHIHUAHUA).".
Registro digital (IUS): 241639