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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
241644
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 67, Cuarta Parte; Pág. 19

COMODATO, MIENTRAS NO SE MANIFIESTA LA VOLUNTAD DEL COMODANTE DE DAR POR TERMINADO EL CONTRATO CUANDO NO SE HA FIJADO FECHA PARA LA DEVOLUCION DEL BIEN, DEBE CONSIDERARSE QUE CONTINUA EL (LEGISLACION DEL ESTADO DE MEXICO).

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 67, Cuarta Parte; Pág. 19

Precedentes

Amparo directo 4822/71. Margarita Benedek Laufer de Orstein. 24 de julio de 1974. Cinco votos. Ponente: José Ramón Palacios Vargas. Secretario: José Rojas Aja.
Registro digital (IUS): 241644