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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
241660
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 67, Cuarta Parte; Pág. 37

INTERES JURIDICO, NECESIDAD DE LA EXISTENCIA DEL.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 67, Cuarta Parte; Pág. 37

Precedentes

Amparo directo 1718/71. Jorge Amador Coutiño Lemus. 1o. de julio de 1974. Cinco votos. Ponente: Enrique Martínez Ulloa. Sexta Epoca, Cuarta Parte: Volumen XIX. página 121. Amparo directo 4015/57. Rosina C. de Greene. 15 de enero de 1959. Cinco votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez. Nota: En el Volumen XIX, página 121, la tesis aparece bajo el rubro "INTERES JURIDICO, NECESIDAD DE LA EXISTENCIA DEL (LEGISLACION DEL ESTADO DE SONORA).".
Registro digital (IUS): 241660