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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
241667
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 67, Cuarta Parte; Pág. 58

RECONOCIMIENTO DE ADEUDO. NATURALEZA JURIDICA (LEGISLACIONES DEL DISTRITO FEDERAL Y DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA).

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 67, Cuarta Parte; Pág. 58

Precedentes

Amparo directo 2939/72. Benito Bermúdez Bravo y coagraviados. 12 de julio de 1974. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Solís López. Séptima Epoca, Cuarta Parte: Volumen 63, página 39. Amparo directo 712/72. María de Durell y coagraviados. 29 de marzo de 1974. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Solís López. Nota: En el Volumen 63, página 39, la tesis aparece bajo el rubro "RECONOCIMIENTO DE ADEUDO. NATURALEZA JURIDICA (LEGISLACION DEL ESTADO DE NUEVO LEON).".
Registro digital (IUS): 241667