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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
241678
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 66, Cuarta Parte; Pág. 14

ALIMENTOS. CUANDO CESA LA OBLIGACION DE PROPORCIONARLOS A LAS HIJAS MAYORES DE EDAD.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 66, Cuarta Parte; Pág. 14

Precedentes

Amparo directo 3689/73. Rosalío Villegas Flores. 10 de junio de 1974. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: David Franco Rodríguez. Sexta Epoca, Cuarta Parte: Volumen CXXIII, página 12. Amparo directo 7017/66. María Malindo. 21 de septiembre de 1967. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Castro Estrada.
Registro digital (IUS): 241678