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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
📌 Nota del SJF sobre vigencia
Nota: En el Volumen LXXII, página 115, la tesis aparece bajo el rubro "DIVORCIO, ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL COMO CAUSAL DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ).".
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 241738
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 63, Cuarta Parte; Pág. 19
DIVORCIO, ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL COMO CAUSAL DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE COAHUILA).
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 63, Cuarta Parte; Pág. 19
Si bien ha de entenderse que el cónyuge abandonado debe permanecer en el hogar conyugal por todo el tiempo de la separación del abandonante, si demuestra que no pudo atender a su subsistencia, no se le puede imponer el cumplimiento de algo imposible, ni por ende que pierda el derecho de obtener el divorcio. Por tanto, no habiendo disposición legal que obligue a la esposa a conservar su domicilio, en el mismo lugar en que incurrió el abandono por parte de su esposo, durante los seis meses que deben transcurrir para que se produzca la causa de divorcio establecida en el artículo 267, fracción VIII, del Código Civil del Estado de Coahuila, si éste no acredita haberla requerido en forma fehaciente para que viviera a su lado, tendrá que desestimarse la acción de divorcio deducida.
Precedentes
Amparo directo 1119/73. Eduardo Nájera Grajeda. 27 de marzo de 1974. Cinco votos. Ponente: Ernesto Solís López.
Sexta Epoca, Cuarta Parte:
Volumen LXXII, página 115. Amparo directo 7032/61. Lilia Peña de Lordmendez. 5 de junio de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.
Nota: En el Volumen LXXII, página 115, la tesis aparece bajo el rubro "DIVORCIO, ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL COMO CAUSAL DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ).".