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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 241744
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 63, Cuarta Parte; Pág. 29
INTERDICTOS. PRUEBA TESTIMONIAL. CUANDO SE CONFIESA LA ACCION RECLAMADA, RESULTA INUTIL SU ESTUDIO (LEGISLACION DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES).
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 63, Cuarta Parte; Pág. 29
Si la autoridad responsable estimó legalmente probada la acción interdictal con los dichos de los propios demandados, ningún perjuicio se les siguió a éstos al no analizar y valorizar la prueba testimonial que también allegó el actor, la que en caso de haberse ocupado de ella la autoridad responsable, hubiera reforzado la versión de los quejosos, en cuanto a que el actor está en posesión del inmueble de referencia. También es correcto el razonamiento relativo a que en los términos del artículo 813 del Código Civil del Estado de Aguascalientes, por ejercer sobre la superficie cuestionada un poder de hecho, el actor tiene carácter de poseedor, y que si su posesión la obtuvo mediante el despojo que alegue la demandada, mientras ésta no le demanda judicialmente su restitución, el juicio plenario de posesión o reivindicatorio, según el caso, debe protegerse al actor, porque en el interdicto no se deciden cuestiones de posesión definitiva ni de propiedad.
Precedentes
Amparo directo 5027/72. Anita Brenner viuda de Glusker. 20 de marzo de 1974. Cinco votos. Ponente: Enrique Martínez Ulloa.