Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/241771
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 241771
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 62, Cuarta Parte; Pág. 32
DIVORCIO, ACUSACION CALUMNIOSA COMO CAUSAL DE.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 62, Cuarta Parte; Pág. 32
Para que exista la causal de divorcio fundada en acusación calumniosa, a que alude la fracción XIII del artículo 267 del Código Civil, es menester que el delito imputado al cónyuge inocente tenga una penalidad mayor de dos años y que la imputación se hubiese hecho a sabiendas de su inoperancia y con la finalidad de dañar a aquél en su reputación y en la condición social que merece.
Precedentes
Amparo directo 2937/68. Jorge Garmendia Zaragoza. 15 de febrero de 1974. Cinco votos. Ponente: David Franco Rodríguez.