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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 241775
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 62, Cuarta Parte; Pág. 59
SUCESIONES, COMPETENCIA CIVIL ENTRE JUECES DE DISTINTAS ENTIDADES PARA CONOCER DE LOS JUICIOS DE.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 62, Cuarta Parte; Pág. 59
Si son idénticas las disposiciones legales de los códigos de los Estados, en que fundan su competencia los Jueces contendientes, conforme a esas normas debe resolverse el problema competencial suscitado; de tal manera que si se trata de un juicio sucesorio, la competencia debe atribuirse al Juez en que haya tenido el autor de la herencia su último domicilio y, a falta de éste, en el lugar donde haya dejado bienes raíces. Si no se surte la primera hipótesis, porque el domicilio del de cujus no se encuentre en la comprensión de ninguno de los Jueces contendientes, opera la segunda hipótesis, o sea, el único lugar donde dejó bienes raíces el autor de la sucesión; consecuentemente, se surte la competencia del Juez en cuya comprensión se ubiquen tales inmuebles.
Precedentes
Competencia 57/73. Suscitada entre los Jueces Segundo de lo Civil de Tlalnepantla, Estado de México y Primero de lo Civil, de Torreón, Coahuila. 28 de febrero de 1974. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Enrique Martínez Ulloa. Secretario: Sabino Ventura Silva.