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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
241798
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 59, Cuarta Parte; Pág. 13

ACCION REDHIBITORIA. NO ES NECESARIO QUE EL CONTRATO DE COMPRAVENTA CONSTE EN ESCRITURA PUBLICA, SI LAS PARTES LO HAN CUMPLIDO VOLUNTARIAMENTE.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 59, Cuarta Parte; Pág. 13

Precedentes

Amparo directo 5334/72. María Eugenia Calderón de Lavín. 22 de noviembre de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Solís López.
Registro digital (IUS): 241798