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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: En los Volúmenes CXVI y XXXVIII, páginas 44 y 137, respectivamente, la tesis aparece bajo el rubro "DIVORCIO, ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL COMO CAUSAL DE.".

Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
241827
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 57, Cuarta Parte; Pág. 15

DIVORCIO, ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL COMO CAUSAL DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ).

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 57, Cuarta Parte; Pág. 15

Precedentes

Amparo directo 5856/72. María de Lourdes Illescas Ríos. 26 de septiembre de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas. Sexta Epoca, Cuarta Parte: Volumen CXVI, página 44. Amparo directo 7336/64. Efraín Morales Parra. 13 de febrero de 1967. Cinco votos. Ponente: José Castro Estrada. Volumen XXXVIII, página 137. Amparo directo 3525/58. Eduardo Hornedo. 17 de agosto de 1960. Mayoría de tres votos. Relator: Manuel Rivera Silva. Nota: En los Volúmenes CXVI y XXXVIII, páginas 44 y 137, respectivamente, la tesis aparece bajo el rubro "DIVORCIO, ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL COMO CAUSAL DE.".
Registro digital (IUS): 241827