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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
241851
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 56, Cuarta Parte; Pág. 33

SENTENCIAS DE SEGUNDA INSTANCIA EN MATERIA MERCANTIL. NO CAUSAN ESTADO MIENTRAS EXISTA PENDIENTE EL JUICIO DE AMPARO CORRESPONDIENTE.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 56, Cuarta Parte; Pág. 33

Precedentes

Amparo directo 4748/71. Productos de Trigo, S.A. 23 de agosto de 1973. Cinco votos. Ponente: José Ramón Palacios Vargas. Sexta Epoca, Cuarta Parte: Volumen CXVII, página 56. Amparo directo 9046/65. Primitivo Leal Bravo y coagraviado. 30 de marzo de 1967. Cinco votos. Ponente: José Castro Estrada. Nota: En el Volumen CXVII, página 56, la tesis aparece bajo el rubro "SENTENCIAS DE SEGUNDA INSTANCIA, NO CAUSAN ESTADO MIENTRAS EXISTA PENDIENTE EL JUICIO DE AMPARO CORRESPONDIENTE.". En el Informe de 1973, la tesis aparece bajo el rubro "SENTENCIAS DE SEGUNDA INSTANCIA. NO CAUSAN ESTADO MIENTRAS EXISTA PENDIENTE EL JUICIO DE AMPARO CORRESPONDIENTE.".
Registro digital (IUS): 241851