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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 241860
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 55, Cuarta Parte; Pág. 41
DIVORCIO, INJURIAS GRAVES COMO CAUSAL DE.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 55, Cuarta Parte; Pág. 41
Las injurias que dan origen jurídico al divorcio son las que se profieren con anterioridad a la demanda, toda vez que ésta no puede fundarse en hechos futuros, que pueden acontecer o acontecen con posterioridad, lo que puede generar una causal de divorcio distinta.
Precedentes
Amparo directo 71/71. Carolina Herrera de Ramírez. 6 de julio de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Enrique Martínez Ulloa.