Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/241884
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 241884
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 54, Cuarta Parte; Pág. 63
DESISTIMIENTO EN MATERIA MERCANTIL.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 54, Cuarta Parte; Pág. 63
Del artículo 116 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, no se puede deducir que el desistimiento de la instancia efectuado en favor de uno de los reos, beneficie a los restantes, provocando en todos los mismos efectos, porque el desistimiento es por su naturaleza personal y permite que la acción continúe en contra de los restantes demandados.
Precedentes
Amparo directo 5164/71. Othón León Lobato. 29 de junio de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Enrique Martínez Ulloa.