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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
241889
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 54, Cuarta Parte; Pág. 89

DOCUMENTOS PRIVADOS, VALOR DE LAS COPIAS FOTOSTATICAS DE LOS (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ).

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 54, Cuarta Parte; Pág. 89

Precedentes

Amparo directo 3937/70. Embotelladora Hidalgo, S.A. 22 de junio de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez. Quinta Epoca: Tomo CXXIX, página 529. Amparo directo 5365/55. Enriqueta Lecuona de Bustillo. 17 de agosto de 1956. Cinco votos. Ponente: Gilberto Valenzuela. Nota: En el Informe de 1973, la tesis aparece bajo el rubro "DOCUMENTOS PRIVADOS, VALOR DE LAS COPIAS FOTOSTATICAS DE LOS.". En el Tomo CXXIX, página 529, la tesis aparece bajo el rubro "COPIAS FOTOSTATICAS VALOR DE LAS (LEGISLACION DEL DISTRITO FEDERAL).".
Registro digital (IUS): 241889