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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
241937
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 50, Cuarta Parte; Pág. 43

SENTENCIAS CIVILES, OMISIONES EN LAS. EFECTOS.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 50, Cuarta Parte; Pág. 43

Precedentes

Amparo directo 3942/71. Alfredo Escaip Daw y otra. 26 de febrero de 1973. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Ernesto Solís López. Ponente: Enrique Martínez Ulloa. Séptima Epoca, Cuarta Parte: Volumen 4, página 91. Amparo directo 4669/68. Bertha González viuda de Hernández. 16 de abril de 1969. Cinco votos. Ponente: Ernesto Solís López. Quinta Epoca: Tomo XXVI, página 1585. Amparo civil directo 2545/27. Moragues Miguel. 20 de julio de 1929. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Nota: En el Tomo XXVI, página 1585, la tesis aparece bajo el rubro "SENTENCIAS CIVILES.".
Registro digital (IUS): 241937