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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
241992
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 44, Cuarta Parte; Pág. 13

AGRAVIOS EN LA APELACION, OMISION DEL ESTUDIO DE LOS. NO OBLIGA A TENER POR CIERTOS A LOS TRIBUNALES DE AMPARO.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 44, Cuarta Parte; Pág. 13

Precedentes

Amparo directo 3370/71. Edilia Isassi de Castro. 21 de agosto de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas.
Registro digital (IUS): 241992