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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 242012
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 43, Cuarta Parte; Pág. 26
AMPARO IMPROCEDENTE POR PROMOVERLO SIMULTANEAMENTE CON UN INCIDENTE DE NULIDAD DE ACTUACIONES.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 43, Cuarta Parte; Pág. 26
Si se promueve simultáneamente un juicio de amparo ante la Suprema Corte de Justicia para impugnar una sentencia definitiva y un incidente de nulidad de actuaciones ante la autoridad responsable, para obtener que se deje sin efecto una notificación que se dice ser incorrecta, el incidente de nulidad es el medio de defensa idóneo para dejar sin efecto la referida notificación, y por lo tanto el juicio constitucional resulta improcedente y debe sobreseerse, ya que debió promoverse una vez que se resuelva el medio de defensa que concede la ley, esto es, el incidente nulidad de actuaciones.
Precedentes
Reclamación en amparo directo 315/73. Gran Motor, S.A. 11 de julio de 1974. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Enrique Martínez Ulloa.