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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
242033
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 42, Cuarta Parte; Pág. 53

DIVORCIO, SEVICIA, AMENAZAS E INJURIAS COMO CAUSALES DE. NO SON DE TRACTO SUCESIVO.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 42, Cuarta Parte; Pág. 53

Precedentes

Amparo directo 3371/71. María de las Mercedes González de Macías. 29 de junio de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Enrique Martínez Ulloa.
Registro digital (IUS): 242033