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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
242050
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 42, Cuarta Parte; Pág. 139

DIVORCIO, ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL COMO CAUSAL DE.

[J]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 42, Cuarta Parte; Pág. 139

Precedentes

Sexta Epoca, Cuarta Parte: Volumen LXXX, página 34. Amparo directo 5436/62. Gustavo Prisciliano Rosas Pavón. 21 de febrero de 1964. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez. Volumen CXXXIV, página 33. Amparo directo 9337/67. María Ofelia Jiménez de Aguilar. 8 de agosto de 1968. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela Séptima Epoca, Cuarta Parte: Volumen 4, página 35. Amparo directo 5013/68. Raymundo Morales Fragoso. 21 de abril de 1969. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen 4, página 35. Amparo directo 9570/67. José Domínguez Compeán. 23 de abril de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela. Volumen 38, página 53. Amparo directo 1838/71. Jorge Fuentes Manríquez. 7 de febrero de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Enrique Martínez Ulloa. Véase: Jurisprudencia 664, consultable en las páginas 1103 y 1104 de la Segunda Parte del Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1988, bajo el rubro: "DIVORCIO, ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL COMO CAUSAL DE.".
Registro digital (IUS): 242050