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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
242079
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 37, Cuarta Parte; Pág. 13

ACCION, PROCEDENCIA DE LA.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 37, Cuarta Parte; Pág. 13

Precedentes

Amparo directo 2405/71. José Pérez Estrada. 17 de enero de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas. Sexta Epoca, Cuarta Parte: Volumen XCVIII, página 9. Amparo directo 9363/61. Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros de la República Mexicana. 5 de agosto de 1965. Cinco votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete. Volumen LXXVII, página 9. Amparo directo 9359/61. Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros de la República Mexicana. 29 de noviembre de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Castro Estrada. Volumen LXI, página 189. Amparo directo 2626/61. Arnulfo Hermidia Rivas. 25 de julio de 1962. Cinco votos. Ponente: José Castro Estrada. Quinta Epoca: Tomo CXXVI, página 350. Amparo directo 50/55. Fernando Cruz Díaz. 3 de noviembre de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917 a 1965, Cuarta Parte, Tercera Sala, tesis 6, página 34, bajo el rubro "ACCION, PROCEDENCIA DE LA.". Nota: En el Volumen LXI, página 189, la tesis aparece bajo el rubro "NULIDAD DE JUICIOS TERMINADOS POR SENTENCIA EJECUTORIA (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ).".
Registro digital (IUS): 242079