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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
242131
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 33, Cuarta Parte; Pág. 14

ALIMENTOS, IMPROCEDENCIA DE LA REDUCCION EN LAS PENSIONES DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ).

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 33, Cuarta Parte; Pág. 14

Precedentes

Amparo directo 5524/70 Elisa Martínez Negrete. 24 de septiembre de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez, y en virtud de haber dejado de integrar la Sala hizo suyo el proyecto el C. Ministro Ernesto Solís López. Sexta Epoca, Cuarta Parte: Volumen CXXXII, página 30. Amparo directo 2534/67. Lidia Orozco Pineda. 12 de junio de 1968. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Solís López. Nota: En el Volumen CXXXII, página 30, la tesis aparece bajo el rubro "ALIMENTOS, IMPROCEDENCIA DE LA REDUCCION EN LAS PENSIONES DE.".
Registro digital (IUS): 242131