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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
242169
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 30, Cuarta Parte; Pág. 13

ACCION REIVINDICATORIA. TITULO INSUFICIENTE.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 30, Cuarta Parte; Pág. 13

Precedentes

Amparo directo 5489/68. Armando Juárez Espinosa. 21 de junio de 1971. Cinco votos. Ponente: Ernesto Solís López. Sexta Epoca, Cuarta Parte: Volumen XXV, página 10. Amparo directo 6159/58. Julia Masías viuda de Avila. 13 de julio de 1959. Cinco votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez. Nota: En el Volumen XXV, página 10, la tesis aparece bajo el rubro "ACCION REIVINDICATORIA.".
Registro digital (IUS): 242169